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15/11/2022
Penalizaciones por incumplimiento

Para asegurar el cobro íntegro de la indemnización por incumplimiento, detalle los hechos que darán lugar a ella.

Al firmar un contrato es habitual pactar penalizaciones por incumplimiento de alguna de las obligaciones asumidas. Estos pagos no tienen por objeto la contraprestación por entrega de bienes o prestación de servicios (no conllevan un acto de consumo), sino el resarcimiento de los posibles daños y perjuicios ocasionados a las partes.

Si negocia estas penalizaciones, determine de forma detallada cada una de las actuaciones que darán lugar a ellas y cuantifíquelas. Esto es importante, ya que tiene consecuencias:

  • Por un lado, le facilitará la reclamación, puesto que se habrá determinado exactamente la actuación que genera indemnización.
  • Por otro lado, no tendrá que demostrar los daños y perjuicios efectivamente sufridos, precisamente porque en el contrato se habrá fijado el montante de la indemnización.

Es cierto que en esta materia la ley permite a los jueces modular la indemnización cuando el incumplimiento no haya sido total y absoluto o la cantidad resulte abusiva. No obstante, los tribunales han establecido que, cuando las partes son dos empresarios y pactan libremente una cantidad concreta, ésta debe pagarse en su totalidad.