Ya está en vigor la ley que obliga a las empresas con 50 o más trabajadores a disponer de un canal de denuncias.
El canal de denuncias es una herramienta que permite a las personas (trabajadores, colaboradores, socios…) informar, sin que sufran represalias por ello, sobre malas conductas en su empresa (ilegalidades, fraudes, acoso…). Para detectar y prevenir mejor estas prácticas quedan obligadas a implementarlo, entre otras entidades, las empresas o autónomos que tengan contratados a 50 o más trabajadores.
Se trata de establecer un Sistema de Información (por ejemplo, un buzón físico o electrónico) con las siguientes características:
Además, la ley obliga a las organizaciones a difundir la existencia del canal y prohíbe tomar represalias contra el informante (despidos, degradación, medidas disciplinarias, daños en su reputación…). En caso de represalias:
La ley permite la recepción de información y la realización de las actuaciones de investigación mediante un canal interno (en cuyo caso se deberá nombrar a un responsable del sistema) o bien externalizando este servicio (por ejemplo, contratando los servicios de un especialista). En ambos casos, el responsable debe realizar estas tareas de forma independiente y sin consultar órdenes, y su nombramiento deberá notificarse a la Autoridad Independiente de Protección del Informante, que tiene una doble función:
Las empresas deben disponer de un canal de denuncias operativo antes del 13 de junio de 2023 (o hasta el próximo 1 de diciembre de 2023 si tienen entre 50 y 249 trabajadores). Sepa que la norma ISO 37002 fija una serie de pautas para establecer un sistema de gestión de denuncias en una organización. Ello le puede resultar útil como modelo a la hora de implementar el sistema en su empresa.